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E.N.J. Nº 193/03. SUBASTA DE USUFRUCTO DE VIVIENDA Y PLAZA DE GARAJE EN TORREVIEJA (ALICANTE).

EDICTO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA.
HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 193 /2003 a instancia de CAJA RURAL DE CUENCA contra VICTORIANO SANCHEZ MARTINEZ, FRANCISCO ARTEAGA FLORIDO, PEDRO GARCIA MARTINEZ SOCIEDAD COOPERATIVA DE SAN ANTON DE CUENCA, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
- FINCA INSCRITA AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TORREVIEJA Nº 3 al Nº 98946 (USUFRUCTO VITALICIO), TOMO 2581, LIBRO 1442
VALORACIÓN PARA SUBASTA: 26.195,11 €
- FINCA INSCRITA AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TORREVIEJA Nº 3 al Nº 99046/A, plaza de garaje 13, TOMO 2625, LIBRO 1486.
VALORACIÓN PARA SUBASTA: 10.000,00 €
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX, 4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com , el día 12-09-2008 a las 10:00 horas.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente, presentando los poderes originales que acrediten la representación de la sociedad que se pretende.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO CUENCA, cuenta nº 1616-0000-05-0193-03, o de que han prestado aval bancario intervenido notarialmente por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes (7.858,53 € para la vivienda y 3.000,00 € para el garaje). Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. No se admitirán resguardos provisionales de ingreso, debiendo producirse éstos en firme y con la correspondiente validación mecánica correcta o firma del interventor bancario.
2.- El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.
Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el tribunal, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate.
La misma facultad tendrá el ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley.
3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo (18.336,58 € para la vivienda y 7.000,00 € para el garaje), se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaria. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
6.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.
7.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
8.– Sirviendo la presente de notificación en forma a los demandados para el caso de que no pudiera localizárseles en el domicilio resultante del procedimiento.
En CUENCA, a nueve de julio de dos mil ocho.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA DE BIENES MUEBLES EN ETJ 306/2007 (ADJUDICADOS LOS 3 PRIMEROS LOTES POR 50 % VALOR TASACIÓN)

EDICTO DE SUBASTA DE BIENES MUEBLES
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA
HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 306 /2007 a instancia de PEDRO RECUENCO BASCUÑANA contra INICIATIVAS URBANAS CONQUENSES S.L. se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN
BIENES MUEBLES Y SU VALORACIÓN | |
CPU marca NEC | 100,00 € |
Impresora marca HP, modelo 610-C | 20,00 € |
Monitor 14” | 15,00 € |
Fax Marca Sharp modelo UX-P410 | 25,00 € |
Los bienes se hallan depositados en la persona de la parte actora en este procedimiento
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX, 4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com el día 04-07-2008 a las 11:00 horas.
CONDICIONES DE LA SUBASTA:
1.-Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que se ha depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO, cuenta nº 1616-0000-05-0306-07 , o de que se ha prestado aval bancario por el 20 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
2.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.
3.-Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con la condiciones expresadas anteriormente.
4.-Cuando la mejor postura sea igual o superior al 50 por 100 del avalúo, sin ofrecimiento de pago aplazado, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 650 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
5.-La subasta se celebrará por lotes independientes de acuerdo con la formación que consta en autos.
6.-Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado, o por error si hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el día siguiente hábil a la misma hora, exceptuando los sábados.
7.- Sirviendo la presente de notificación en forma al deudor para el caso de que no pueda ser hallado en su domicilio.
En CUENCA, a siete de mayo de dos mil ocho.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA DE VIVIENDA EN AVENIDA JUAN CARLOS I DE CUENCA. EJH 606/2007 (SUSPENDIDA POR REHABILITACIÓN DEL PRÉSTAMO)

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL HIPOTECARIA
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA.
HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 606 /2007 a instancia de CCM contra MARIANO DE DIOS OLIVARES, LETICIA LARA PARDO, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
Vivienda número ochenta y seis del edificio sito en Cuenca, construido sobre solar denominado parcela residencia ERB-6, Polígono “El Pocillo” del plan especial de reforma interior RI1-PGOU de Cuenca, es la vivienda letra D de la planta cuarta, tipo 22. Tiene una composición propia para habitar, con una superficie útil de 80,43 metros cuadrados. A esta vivienda le corresponden como anejos: el garaje número 98 sito en la planta de sótano, de 23,9 metros cuadrados útiles y el trastero número 16 con una superficie útil de 9,71 metros cuadrados: Linda: frente, hall de acceso, hueco de escalera y patio de luces; fondo, áreas de juego de niños; derecha entrado, patio de luces y vivienda letra D de la escalera cinco; e izquierda, hueco de escalera, hall de entrada y vivienda letra C de su misma planta y escalera.
Inscrita al Registro de la Propiedad de Cuenca al tomo 1338, libro 366, folio 56, finca número 31257.
VALORACIÓN PARA SUBASTA: OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE, CON CURENTA Y CINCO euros (85.419,45 €)
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX,4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com, el día 04-07-2008 a las 10:30 horas.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente, presentando los poderes originales que acrediten la representación de la sociedad que se pretende.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO CUENCA, cuenta nº 1616-0000-06-0606-07, o de que han prestado aval bancario intervenido notarialmente por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes (25.625,84 €). Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. No se admitirán resguardos provisionales de ingreso, debiendo producirse éstos en firme y con la correspondiente validación mecánica correcta o firma del interventor bancario.
2.- El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.
Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el tribunal, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate.
La misma facultad tendrá el ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley.
3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo (59.793,62 €), se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaria. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
6.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.
7.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
8.– Sirviendo la presente de notificación en forma a los demandados para el caso de que no pudiera localizárseles en el domicilio señalado en la hipoteca.
En CUENCA, a dos de mayo de dos mil ocho.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA DE DOS PLAZAS DE GARAJE EN ZONA DE CUATRO CAMINOS (CUENCA). EJH 749/2007 (SUSPENDIDA EL DÍA DE LA SUBASTA POR PAGO DE PRINCIPAL Y PRESUPUESTADO)

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL HIPOTECARIA
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA.
HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 749 /2007 a instancia de CAJA DE AHORROS DE CATALUÑA contra MARIA DEL CARMEN DEL FRESNO SANCHEZ , se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
1.- Urbana, plaza de aparcamiento nº 22 en sótano segundo del edificio sito en Cuenca C/ García Hurtado de Mendoza nº 2 con vuelta a la Calle División Azul nº 7 (hoy Avd. Castilla La Mancha).
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al libro 347, folio 110, tomo 1300, finca nº 23.603-G-22.
VALORACIÓN PARA SUBASTA: DOCE MIL OCHENTA Y SEIS EUROS CON CINCO CÉNTIMOS (12.086,05 €)
2.-Urbana, plaza de aparcamiento nº 23 en sótano segundo del edificio sito en Cuenca C/ García Hurtado de Mendoza nº 2 con vuelta a la Calle División Azul nº 7 (hoy Avd. Castilla La Mancha).
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al libro 347, folio 11, tomo 1300, finca nº 23.603-G-23.
VALORACIÓN PARA SUBASTA: DOCE MIL OCHENTA Y SEIS EUROS CON CINCO CÉNTIMOS (12.086,05 €)
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX,4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com, el día 04 DE JULIO DE 2008 a las 10:00 HORAS.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente, presentando los poderes originales que acrediten la representación de la sociedad que se pretende.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO CUENCA, cuenta nº 1616-0000-06-0749-07, o de que han prestado aval bancario intervenido notarialmente por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes (3.625,82 €). Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. No se admitirán resguardos provisionales de ingreso, debiendo producirse éstos en firme y con la correspondiente validación mecánica correcta o firma del interventor bancario.
2.- El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.
Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el tribunal, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate.
La misma facultad tendrá el ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley.
3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo (8.460,24 €), se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaria. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
6.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.
7.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
8.– Sirviendo la presente de notificación en forma a los demandados para el caso de que no pudiera localizárseles en el domicilio señalado en la hipoteca.
En CUENCA, a dos de mayo de dos mil ocho.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA DE CASA ADOSADA EN MINGLANILLA (CUENCA). PROCEDIMIENTO 795/2007

EDICTO DE SUBASTA
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA.
HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 795 /2007 a instancia de FUNDACION MADRE contra SALVADOR MARTINEZ SAEZ, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
Finca Urbana sita en el término de Minglanilla, calle San Quirico nº 21, libre de cargas y arrendamientos, y con refrencia catastral 1071019XJ2717S0001JP. Consta de una susperficie en suelo de 69 m2 y construida de 50 m2.
VALORACIÓN A EFECTOS DE SUBASTA: 9.867,00 euros
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX,4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com, el día 20-06-2008 a las 10:00 horas.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente, presentando los poderes originales que acrediten la representación de la sociedad que se pretende.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO CUENCA, cuenta nº 1616-0000-10-0795-07, o de que han prestado aval bancario intervenido notarialmente por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes (2.960,10 €). Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. No se admitirán resguardos provisionales de ingreso, debiendo producirse éstos en firme y con la correspondiente validación mecánica correcta o firma del interventor bancario.
2.- El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.
Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el tribunal, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate.
La misma facultad tendrá el ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley.
3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo (6.906,90 €), se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5.- Que no consta certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaria. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
6.- Consta en el proceso que el inmueble que se subasta se encuentra desocupado.
7.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
8.– Sirviendo la presente de notificación en forma a los demandados para el caso de que no pudiera localizárseles en el domicilio señalado en la hipoteca.
En CUENCA, a veintiocho de abril de dos mil ocho.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA DE PISO EN "FUENTE DEL ORO" CUENCA (SUSPENDIDA POR REHABILITACIÓN DEL PRÉSTAMO)

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL HIPOTECARIA
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA.
HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 24 /2008 a instancia de IBERCAJA contra MARIA DE LA GLORIA CONVERSA GARCIA, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
Finca urbana que forma parte del edificio en régimen de propiedad horizontal, sito en Cuenca, polígono "Fuente del Oro", calle Alameda del Júcar, número nueve, con entrada por el portal tres: número ochenta y cuatro: vivienda tipo C y letra B de la planta cuarta. Ocupa una superficie útil de ochenta y nueve metros cincuenta y siete decímetros cuadrados, linda frente, calle Ronda del Manantial; fondo, hueco de la escalera tres y vivienda tipo A y letra C de su planta; derecha, hueco de la escalera tres y vivienda letra y tipo A de su planta y portal; e izquierda, hueco de la escalera dos y vivienda tipo A y letra B de su planta y del portal dos. Tiene como anejos el garaje número 11 y el trastero número 15.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca, libro 215, tomo 1.075, folio 170, finca 18.453.
VALORACIÓN PARA SUBASTA: 109.080,17 €
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX, 4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com , el día 05-06-2008 a las 10:00 horas.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente, presentando los poderes originales que acrediten la representación de la sociedad que se pretende.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO CUENCA, cuenta nº 1616-0000-06-0024-08, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes (32.724,05 €). Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. No se admitirán resguardos provisionales de ingreso, debiendo producirse éstos en firme y con la correspondiente validación mecánica correcta o firma del interventor bancario.
2.- El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.
Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el tribunal, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate.
La misma facultad tendrá el ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley.
3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo (76.356,12 €), se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaria. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor..
6.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.
7.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
En CUENCA, a ocho de abril de dos mil ocho.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA DE FINCA CON NAVE INDUSTRIAL EN SAN CLEMENTE. CNO 215/07 EN LIQUIDACIÓN (ADJUDICADA A CCM POR 70 % VALOR)

EDICTO DE SUBASTA EN LIQUIDACIÓN DE CONCURSO
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA.
HAGO SABER: Que en el proceso de CONCURSO ORDINARIO NECESARIO seguido en dicho Juzgado con el nº 215 /2007 a instancia de FERTIBERIA LA MANCHA, S.L.U contra AGRO COMERCIAL FELIPE, S.L, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
DESCRIPCIÓN DEL BIEN:
Finca del Registro de la Propiedad de San Clemente inscrita al Número 22706, Tomo 816, Libro 167, Folio 171 titularidad de la mercantil Concursada, y localizada al Paraje Camino del Pozo la Arena.
Ocupa una superficie de diecisiete áreas, cuarenta y dos centiáreas, y sobre ella se ha edificado una NAVE INDUSTRIAL para limpieza y almacenamiento de cereales, con una superficie de seiscientos metros cuadrados, en la que se encuentra ubicada una báscula de gran tonelaje.
VALORACIÓN PARA SUBASTA: 246.978,00 €
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX, 4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com , el día 05 de junio de 2008 a las 10:30 horas.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente, presentando los poderes originales que acrediten la representación de la sociedad que se pretende.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO CUENCA, cuenta nº 1616-0000-10-0215-07, o de que han prestado aval bancario intervenido notarialmente por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes (74.093,40 €). Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. No se admitirán resguardos provisionales de ingreso, debiendo producirse éstos en firme y con la correspondiente validación mecánica correcta o firma del interventor bancario.
2.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
3.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo (172.884,60 €), se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
4.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaria. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
5.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
En CUENCA, a ocho de abril de dos mil ocho.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA DE CENTRO DE TURISMO RURAL. EJH 380/2007 (SIN POSTORES Y CON TRASLADO AL EJECUTANTE POR 20 DÍAS)

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL HIPOTECARIA
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA. HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 380 /2007 a instancia de CCM contra CENTRO DE TURISMO RURAL MONTE GESMA S.L., se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
“Finca sita en Priego inscrita en el Registro de la Propiedad de Huete al Tomo 1367, libro 24, folio 85, finca 2530, en la parte agrupada en la actualidad con la finca registral 2523, formando parte de la 4450, obrante al Tomo 1431, Libro 26, Folio 35 de Priego.”
Se trata de un Terreno a Cereal Secano. Al sitio Monte Gesma, Ayuntamiento de Priego, dentro del cual existen las siguientes edificaciones:
- Nueve módulos dormitorios para alojamiento
- Cinco cabañas rurales, tres de dos dormitorios y dos de dormitorios
- Edificio de Oficinas
- Edificio para cafetería, restaurante, aula de talleres y servicios comunales
- Granja para animales
- Vestuarios y depuradora, piscina comunal
- Porche descubierto
- Pista deportiva
- Instalaciones generales
VALORADA A EFECTOS DE SUBASTA EN: 1.577.660,78 €
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX, 4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com , el día 30 DE MAYO DE 2008 a las 10:00 HORAS. CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente, presentando los poderes originales que acrediten la representación de la sociedad que se pretende.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO CUENCA, cuenta nº 1616-0000-06-0380-07, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes (473.298,23 €). Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. No se admitirán resguardos provisionales de ingreso, debiendo producirse éstos en firme y con la correspondiente validación mecánica correcta o firma del interventor bancario.
2.- El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.
Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el tribunal, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate.
La misma facultad tendrá el ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley.
3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo (1.104.362,55 €), se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaria. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
6.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.
7.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
8.- Sirviendo la presente de notificación en forma al demandado para el caso de que no pueda ser hallado en los domicilios que constan en autos
En CUENCA, a cuatro de abril de dos mil ocho.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA DE CASA DE TURISMO RURAL EN ZAFRILLA (CUENCA). EJH 625/2007. (ADJUDICADA A EJECUTANTE POR 50 % VALOR TASACIÓN)

EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL HIPOTECARIA
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA.
HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el nº 625 /2007 a instancia de ALICIA GUMIEL TORTOSA contra COMPLEJOS HOSTELEROS L'ARQUET, S.L, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
Finca urbana inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca, al tomo 1.175, libro 3 de Zafrilla, folio 58, finca 247.
Edificio destinado a casa rural desarrollado en dos plantas unidas por escalera interior. Ocupa una superficie construída en planta baja de ciento sesenta y cuatro metros con noventa decímetros cuadrados, siendo la útil de ciento treinta y dos metros y catorce decímetros cuadrados. La superficie construída en planta alta es de ciento sesenta y cuatro metros con noventa decímetros cuadrados, y la útil de ciento veinte metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados.
VALORACIÓN PARA SUBASTA:49.582,50 €
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX, 4,http:www.juzgadomixtoomercantil2cuenca.blogia.com, el día 16-05-2008 a las 10:00 HORAS.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos: