Se muestran los artículos pertenecientes a Febrero de 2007.
Resumen
- 01/02/2007 18:14 - CONCEPTOS INDEMNIZABLES A TESTIGOS EN PROCEDIMIENTOS CIVILES
- 01/02/2007 18:17 - IMPRESO DE SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN
- 01/02/2007 19:06 - ATENDEMOS SUS QUEJAS, SUGERENCIAS O RECLAMACIONES
- 01/02/2007 20:05 - La Guardia Civil detiene en La Alberca de Záncara a tres personas por la venta de CD’s y DVD’s falsificados
- 02/02/2007 15:04 - SUBASTA EJECUCIÓN HIPOTECA 387/2005. 09/04/07 (SUSPENDIDA CON 5 DÍAS PARA ALEGACIONES DE CONTINUACIÓN)
- 02/02/2007 15:05 - SUBASTA EN CONCURSO ORDINARIO 160/05.22-02-2007
- 02/02/2007 15:07 - SUBASTA DE BIENES MUEBLES EN CONCURSO ORDINARIO 204/05. 23/02/2007
- 16/02/2007 18:51 - JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y ANESTESISTAS POLACOS
- 16/02/2007 18:54 - SUBASTA DE BIENES MUEBLES EN CONCURSO 441/2004, 9/04/2007 A 11:00 HORAS
- 16/02/2007 22:27 - INTERESES LEGALES, SMI , Y ACTUALIZACIÓN DE PENSIONES Y RENTAS
- 16/02/2007 22:30 - HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES. EMAILS DE PROCURADORES
- 17/02/2007 12:33 - AVALES
- 17/02/2007 22:40 - REGULACIÓN LEGAL DE LA CUENTA DE DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES JUDICIALES
- 19/02/2007 22:33 - OBLIGATORIEDAD DE COMPARECER LOS TESTIGOS
- 19/02/2007 22:48 - NÚMEROS DE CUENTA DE TODOS LOS JUZGADOS DE ESPAÑA
- 20/02/2007 12:03 - ELECCIONES SINDICALES EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
CONCEPTOS INDEMNIZABLES A TESTIGOS EN PROCEDIMIENTOS CIVILES
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE INDEMNIZACIÓN A TESTIGOS
EN PROCEDIMIENTOS CIVILES A CARGO DE LA PARTE QUE LOS HA PROPUESTO,
Y PARA SU INCLUSION EN LA TASACION DE COSTAS, SI SE PRACTICARA.
A – Gastos de desplazamiento.
Se abonará al testigo las cantidades que a continuación se detallan por el desplazamiento entre su residencia habitual y la sede del órgano judicial donde deba proceder a la declaración testifical.
La fijación del importe máximo de estos gastos responde a estos criterios, en función del medio de transporte elegido:
1.- Gastos íntegros de billetes de autobús, metro o autocar.
2.- Importe del billete de ferrocarril. En caso de que el viaje se efectúe de noche, posibilidad de coche-cama.
3.- Importe del billete de la clase más económica de avión, siempre que la distancia entre su residencia familiar y la sede judicial diste a más de 550 km. y el desplazamiento de ida y vuelta se efectúe el mismo día de la declaración testifical sin necesidad de alojamiento.
4.- Importe del billete de la clase más económica de avión en desplazamientos interinsulares.
5.- Hasta 0,22 euros por kilómetro en caso de utilización de automóvil y hasta 0,15 euros por kilómetro si es motocicleta. Además se abonará el importe del peaje de autopista y el de parking.
Se computarán los desplazamientos que deban realizarse para recoger la citación y, en su caso, el mandamiento de pago de la indemnización.
B – Gastos de alojamiento.
Se abonarán los gastos por este concepto en los siguientes supuestos:
1.- Cuando la residencia habitual del testigo diste a más de 250 kilómetros de la sede judicial a la que tenga que asistir, y resulte arriesgado llegar a tiempo a la citación judicial en función del medio de transporte elegido.
2.- Los días que deba estar a disposición judicial y el testigo resida a más de 250 km. de la sede judicial
3.- Cuando no pueda regresar a su domicilio el día que finalice su comparecencia en el órgano judicial, por inexistencia de medio de transporte.
Se abonarán los importes hasta un máximo de 90 euros por noche.
C – Gastos de manutención.
Se abonarán las cantidades destinadas por los testigos a gastos de alimentación, en los casos e importe máximos que se detallan:
- Durante los días que estén a disposición judicial y deban pernoctar fuera de su residencia habitual, hasta un importe máximo diario de 90 euros.
- Cuando el testigo resida a una distancia superior a 75 km. de la sede judicial y abandone el mismo después de las 13,30 horas así como en aquellos supuestos en que deba pernoctar la noche anterior a la declaración testifical fuera de su residencia habitual, tendrá derecho a percibir el 50% de la dieta, es decir, 45 euros, como cantidad máxima, previa justificación.
D.- Salarios dejados de percibir.
Tendrán derecho a la indemnización por este concepto, los trabajadores autónomos o miembros de cooperativas de trabajo asociado, para compensar la disminución de sus ingresos.
El importe de los salarios se abonará en función de:
- Para aquellos casos en que al testigo se le abone el 100% de la dieta de manutención, le corresponderán 30 euros.
- Si no procede indemnización por dieta de manutención, se le abonará la suma de 15 euros.
E.- Dietas para personas acompañantes de los testigos.
Cabrá indemnización, por los conceptos indicados en los apartados anteriores a la persona acompañante de los testigos en los siguientes supuestos:
- Cuando el testigo sea menor de edad.
- Cuando el testigo esté incapacitado y requiera ayuda para su traslado y así se justifique.
IMPRESO DE SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN
IMPRESO SOLICITUD INDEMNIZACION A TESTIGO
EN PROCEDIMIENTO CIVIL
EXPEDIENTE número: /
DATOS PERSONALES:
Apellidos y nombre: _______________________________________________________________.
Teléfono: _______________.
Domicilio: ______________________________________________________.
Localidad: _____________________ Código Postal: _________.
Solicita el pago de la indemnización, según el impreso de indemnización a testigos de este Juzgado, con cargo a la parte que le ha propuesto como testigo, y para su posterior inclusión dentro de las costas del proceso, por los siguientes conceptos:
- Desplazamiento: __________ €.
- Por alojamiento: __________ €.
- Por manutención: __________ €.
- Por ingresos dejados de percibir: __________ €.
- Por necesitar persona acompañante de testigo: __________ €.
TOTAL INDEMNIZACION SOLICITADA __________ €.
Breve justificación de la petición:
En Cuenca, a, _________________________________.
EL TESTIGO,
ATENDEMOS SUS QUEJAS, SUGERENCIAS O RECLAMACIONES

Desde el 2 de enero de 2.004, los ciudadanos dispondrán de los buzones-expositores que ha instalado el Consejo General del Poder Judicial en las sedes judiciales de juzgados y tribunales para facilitar al ciudadano información y un lugar donde exponer sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de Juzgados y Tribunales que serán atendidas directamente por la Unidad de Atención al Ciudadano del Consejo.
La medida responde al deseo de potenciar una mayor transparencia en la actividad judicial y un mejor servicio al ciudadano, a la vez que se hacen efectivos los derechos de información y de queja contenidos en la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Administración de Justicia.
En los buzones se pondrá a disposición del ciudadano un formulario donde exponer sus quejas o sugerencias y folletos informativos sobre los distintos procedimientos y trámites judiciales.
Igualmente se ha acordado la publicación y exposición en las sedes de carteles informativos de los derechos contenidos en la referida Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia.
Esta iniciativa complementa los cauces ya existentes para presentar quejas o sugerencias ante las sedes judiciales por correo ordinario o a través de Internet.
PARA FORMULAR UNA QUEJA PUEDE HACERLO A TRAVÉS DE DOS VÍAS:
La Guardia Civil detiene en La Alberca de Záncara a tres personas por la venta de CD’s y DVD’s falsificados
En 1 de febrero de 2007
La mañana de ayer por parte de componentes de la Guardia Civil de San Clemente, se procedió a la detención de tres varones como presuntos autores de un delito contra la propiedad intelectual, al ser hallados en su domicilio de la localidad manchega de La Alberca de Záncara un total de 1.186 copias ilegales de película en formato DVD y 739 copias ilegales de cd’s musicales.
www.cuencainformacion.com/vernoticia.asp?idnoticia=695&subc=12
SUBASTA EJECUCIÓN HIPOTECA 387/2005. 09/04/07 (SUSPENDIDA CON 5 DÍAS PARA ALEGACIONES DE CONTINUACIÓN)
EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL HIPOTECARIA
D. VICTOR BALLESTEROS FERNANDEZ Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de CUENCA.
HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución hipotecaria seguido en dicho Juzgado con el nº 387 /2005 a instancia de VISAMAR, S.A contra RODISUR S.L., AGRUPACION LA OLMEDILLA, S.A.T. a través de SU PRESIDENTE JUAN LINUESA DIAZ, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACIÓN:
1.- Casa corral y pajar que ocupa una extensión superficial de doscientos treinta u seis metros cuadrados, situada dentro del pedazo de tierra que, excavado y formando parte del Rento de la Olmedilla en el termino municipal de Moya. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
2.- Rustica de tres hectáreas, setenta y tres áreas y noventa y nueve centiáreas aproximadamente, en el término municipal de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
3.- Nueve hectáreas, setenta y un áreas y setenta y una centiáreas, de tierra de regadío de segunda y tercera calidad e inculta destinada a prado. , en el término municipal de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
4.- Rustica de doscientas treinta y ocho hectáreas, aproximadamente de tierra de monte que contiene parte roturada y algunos pimpollos, en el termino municipal de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
5.- Rustica de noventa y nueve áreas, setenta y dos centiáreas, situadas entre la estribación del Monte de la Loma de las Casas y la Acequia alta del Molino, que contiene también tierra inculta destinada a prado, llamado de las Fuentes, en el termino municipal de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
6.- Rustica de cuarenta y nueve áreas, ochenta y seis centiáreas de tierra de regadío de primera calidad en el termino municipal de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
7.- Rústica de cuarenta y una áreas, cincuenta y cinco centiáreas de tierra de secano en el término municipal de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
8.- Rustica de cincuenta y cinco hectáreas, setenta y cinco centiáreas de tierra de monte en el termino municipal de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
9.- Rustica de una hectáreas, ochenta áreas de tierra de monte, formando un cuadrado en el termino municipal de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 865, Libro 2, Folio 103, finca 343.
10.- Rústica de setenta y ocho hectáreas y treinta u cinco áreas, veintitrés centiáreas aproximadamente, en el termino municipal de Fuentelespino de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 827, Libro 1, Folio 221, finca 220.
11.- Tres hectáreas, ochenta y seis áreas y treinta y siete centiáreas aproximadamente, conocidas con el nombre de la Hoya de Casilla de Núñez, , en el termino municipal de Fuentelespino de Moya Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cuenca al Tomo 827, Libro 1, Folio 221, finca 220.
En cuanto a las 10 y 9 hacer constar que la hipoteca que se ejecuta es la autorizada por el Notario de Torrejón de Ardoz D. Carlos Molinuelo de Vergara, el día 2 de junio de 2000, con nº de protocolo 1043, y que causó la inscripción 7ª respecto de la finca 220 y la inscripción 6ª respecto de la finca 343.
Todas las fincas referenciadas, que se sacan a subasta como un solo lote, forman parte de las fincas registrales 220 y 343 del Registro de la Propiedad de Cuenca.
VALORACIÓN PARA SUBASTA: 1.652.783,29 € (valoración conjunta de las fincas referenciadas que se sacan a subasta como un solo lote)
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en C/PALAFOX, 4, el día 09 DE ABRIL DE 2007 a las 10:00 HORAS.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º.-Identificarse de forma suficiente, presentando los poderes originales que acrediten la representación de la sociedad que se pretende.
2º.-Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3º.-Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANESTO CUENCA, cuenta nº 1616-0000-06-0387-05, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 (495.834,99 €)del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. No se admitirán resguardos provisionales de ingreso, debiendo producirse éstos en firme y con la correspondiente validación mecánica correcta o firma del interventor bancario.
2.- El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.
Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el tribunal, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del precio del remate, y en el plazo de veinte días naturales siguientes a la celebración de la subasta.
La misma facultad tendrá el ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley.
3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones del artículo anterior. Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 (1.156.948,30 €) del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5.- Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la Secretaria. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
6.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.
7.- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
8.- Sirviendo el presente de notificación en forma del señalamiento de subasta a las partes demandadas para el caso de que no haya podido verificarse personalmente.
En CUENCA, a 30 de enero de 2007.
EL SECRETARIO JUDICIAL
SUBASTA EN CONCURSO ORDINARIO 160/05.22-02-2007
| 6 depósitos inox. DE 25.000 litros | 19.500,00 € |
| 3 depósitos inox. De 80.00 litros | 19.500,00 € |
| 4 depósitos inox. De 50.000 litros isotermos | 46.800,00 € |
| 5 depósitos de preparación de zumo con batidora | 16.250,00 € |
| 1 Equipo de Limpieza CIP | 27.000,00 € |
| Estanterías almacenamiento | 13.140,00 € |
| 15 depósitos inox. de 13.500 litros (2 camisas) | 39.000,00 € |
| 7 depósitos de poliéster 16/40.000 litros | 5.915,00 € |
| 1 depósito de poliéster de 80.000 litros | 2.145,00 € |
| 7 depósitos de acero al carbono de 80.000 litros | 2.100,00 € |
| Estanterías almacenamiento | 13.680,00 € |
| Depósito combustible de acero de 20.000 litros | 3.900,00 € |
| Depósito agua de acero de 20.000 litros | 650,00 € |
| 3 Depósitos inox. De 85.000 litros | 20.085,00 € |
| 7 Depósitos inox. De 15.000 y 10.000 litros | 25.025,00 € |
| 12 Depósitos de acero al carbono de 1.100.000 litros | 12.000,00 € |
| 3 Depósitos de acero al carbono de 80.000 litros | 900,00 € |
| 3 Depósitos inox. De 100.000 litros (2 camisas) | 25.530,00 € |
| 4 Depósitos de acero de 15.000 litros | 9.100,00 € |
| 25 Depósitos inox. De 25.000 litros | 81.250,00 € |
| 7 Depósitos inox. De 50.000 litros (1 camisa) | 38.675,00 € |
| 6 Depósitos inox. De 50.000 litros (isotermos) | 70.200,00 € |
| Instalación aire acondicionado | 9.000,00 € |
| CcCentros de transformación de 250 KVA y 1000 KVA | 1.200,00 € |
| 3 Plataformas elevadoras muelle | 9.000,00 € |
| 10 Depósitos inox. De 100.000 litros (2 camisas) | 84.500,00 € |
| Báscula Puente | 6.000,00 € |
| Camión Volvo F12 con matrícula CU-1171-E (de 1987) | 2.000,00 € |
| Camión Renault, con matrícula CU-3768-G (de 1991) | 2.000,00 € |
| Camión Renault, con matrícula CU-2477-G (de 1991) | 2.000,00 € |
SUBASTA DE BIENES MUEBLES EN CONCURSO ORDINARIO 204/05. 23/02/2007
- Tuberías de Servicio a equipos